Aquí les dejo esta interesantísima y perturbadora noticia, que nos deja entrever lo que el Estado anda tramando y más aún, lo que el Estado es: CONTROL Y VIGILANCIA.
¿Qué nos tendrá deparado el futuro a los mexicanos con estos juguetitos en manos de nuestros "guardianes"?
¿Qué nos tendrá deparado el futuro a los mexicanos con estos juguetitos en manos de nuestros "guardianes"?
No se pierdan el excelente resumen de Aristegui sobre esta noticia, en el link del final...
KoanMÉXICO, D.F., julio 16 (EL UNIVERSAL).-
En un año, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) compró equipo de espionaje e inteligencia con un valor de 5 mil millones de pesos, capaz de intervenir teléfonos móviles para escuchar las conversaciones de sus usuarios, espiar su mensajería instantánea, y extraer de ellos los mensajes de texto, correos electrónicos, listas de contactos, fotografías e incluso operar las cámaras de manera remota y activar el micrófono para poder escuchar las voces de las personas que estén cerca del teléfono. Otros de los equipos comprados por la Defensa también permite la obtención de imágenes a través de las paredes.
De marzo de 2011 a marzo de 2012, la Sedena pagó por adjudicación directa a una sola compañía, Security Tracking Devices, S.A de C.V, con sede en Jalisco, casi 5 mil millones de pesos para la adquisición de los equipos, de acuerdo con copias de los contratos que obran en poder de EL UNIVERSAL.
Fuentes militares aseguran que una parte de los equipos están a disposición de un grupo de altos mandos del Ejército mexicano, encabezados por el general Augusto Moisés García Ochoa, director general de administración de la Sedena. De acuerdo con la información recabada, este grupo de funcionarios militares utilizan esta tecnología para ejecutar diversas tareas, entre ellas la del espionaje político. Otra parte del equipo adquirido es operado directamente por el área de la Sedena encargada de las labores de inteligencia, que es la Sección Segunda del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
- Los contratos
EL UNIVERSAL posee cinco contratos de la Sedena clasificados como confidenciales y que dan cuenta que la Defensa gastó en el último año casi 5 mil millones de pesos en equipo de comunicación e inteligencia. En tres de estos acuerdos se dice que el equipo es para la “atención de la Dirección General de Transmisiones”, y en otros dos, se detalla que el equipamiento será operado por la Sección Segunda (la de inteligencia).
Todos los contratos están firmados por el general Augusto Moisés García Ochoa y contienen una cláusula de confidencialidad que obliga al proveedor a “guardar en secreto todos los datos y condiciones” del contrato y le prohíbe “divulgar o publicar los términos y condiciones” del mismo.
Uno de los contratos de mayor valor es el firmado el 27 de julio de 2011, por un monto de 1 mil 160 millones de pesos para la adquisición de “un sistema procesador electromagnético”. Sin embargo, al ir al detalle del contrato se observa que entre los materiales comprados se encuentra software para equipos de telefonía móvil BlackBerry, Symbian y Android y se especifica que deberá contar con la capacidad de “extracción de datos SMS/ MMS [mensajes de textos y multimedia], lista de contactos, registros de agenda, monitoreo de e-mail, intercepción de voz, intervención de audio ambiental, monitoreo de sala vía activación del micrófono, extracción de mensajería instantánea BBM [sistema de Black Berry Messenger], información de ubicación GPS, captura de imágenes de la pantalla y la cámara, acceso y manipulación del sistema de archivos, detener el funcionamiento del dispositivo….”.
Este contrato, que tiene el número 4500000147 no está destinado a la Sección Segunda (inteligencia), sino para “atención de la Dirección General de Transmisiones”.
Otro contrato de alto valor es el 4500000525 suscrito el 8 de noviembre de 2011 por un monto de 1 mil 068 millones, 499 mil 999 pesos. El concepto es la compra de ocho estaciones móviles de radiocomunicación y sistemas de inteligencia.
Después están dos contratos más, que al igual que los anteriores no están destinados al área de inteligencia sino a la “atención de la Dirección General de Transmisiones”. El contrato, con número 45000006876 está fechado el 25 de marzo de 2011, por un monto de 249 millones 999 mil 999 pesos. La descripción de la compra señala que se trata de “equipos de aparatos de comunicaciones y telecomunicaciones”. Más adelante detalla que entre otros, los equipos adquiridos fueron analizadores de espectros, sistemas de recepción de banda ancha, decodificadores, antenas y estaciones portátiles de trabajo de uso rudo.
El otro, con número 4500006908 está fechado sólo unos cuantos días después del primero: el 1 de abril de 2011, por un monto de 200 millones de pesos para la adquisición de un sistema de designadores electromagnéticos de señales satelitales de telefonía celular.
Para el año 2012 se firma el contrato para la compra de equipo que sí está destinado a la Sección Segunda (inteligencia). Se trata de un documento que ampara dos adquisiciones de equipo. Cada una de estas compras es por un importe de 1 mil millones de pesos, por lo que el total del acuerdo es de 2 mil millones, al igual que los otros cuatro el proveedor por adjudicación directa es la compañía Security Tracking Devices, S.A de C.V.
La descripción del contrato detalla que se trata del pago para la segunda y tercera fase “del Sistema de Inteligencia Regional para Implementar las Capacidades de la S-2 (INTL) E.M.D.N”. La clave S-2 (INTL) E.M.D.N es en referencia a la Sección Segunda (inteligencia) del Estado Mayor de la Defensa Nacional. Cada una de las dos fases tuvo un costo de 1 mil millones de pesos.
En el detalle se puede observar la compra de equipo de intervención de teléfonos celulares inteligentes como el que se había hecho con anterioridad, sin embargo, en este contrato se adquiere equipamiento para intervenir iPhones.
Además, en el contrato se aprecia que la compañía Security Tracking Devices, S.A de C.V. lo mismo los surte de aparatos de alta tecnología que de mobiliario común como escritorios y sillas.
- ¿Quién vigila las intervenciones?
En México la intervención de comunicaciones sólo se puede realizar con la autorización del Poder Judicial. Hay dos leyes que prevén la posibilidad de realizar intervenciones telefónicas.
Una de ellas es la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que en el Artículo 16 considera que cuando en “la averiguación previa de alguno de los delitos a que se refiere esta ley o durante el proceso respectivo, el procurador General de la República o el titular de la unidad especializada a que se refiere el artículo 8o. anterior, consideren necesaria la intervención de comunicaciones privadas, lo solicitarán por escrito al juez de Distrito, expresando el objeto y necesidad de la intervención, los indicios que hagan presumir fundadamente que en los delitos investigados participa algún miembro de la delincuencia organizada; así como los hechos, circunstancias, datos y demás elementos que se pretenda probar”.
Además la referida ley advierte que las solicitudes de intervención deberán señalar, además, la persona o personas que serán investigadas; la identificación del lugar o lugares donde se realizará; el tipo de comunicación privada a ser intervenida; su duración; y el procedimiento y equipos para la intervención y, en su caso, la identificación de la persona a cuyo cargo está la prestación del servicio a través del cual se realiza la comunicación objeto de la intervención.
Otra de las leyes que contempla la intervención de comunicaciones es la Ley de la Policía Federal que en el Artículo 50 dice que “el Comisionado General de la Policía Federal será responsable de que la intervención se realice en los términos de la autorización judicial. La solicitud de autorización deberá contener los preceptos legales que la fundan, el razonamiento por el que se considera procedente, el tipo de comunicaciones, los sujetos y los lugares que serán intervenidos, así como el periodo durante el cual se llevarán a cabo las intervenciones, el cual podrá ser prorrogado bimestralmente, sin que el periodo de intervención, incluyendo sus prórrogas, pueda exceder de seis meses”.
Adicionalmente, esta norma prevé que la intervención sólo puede ser solicitada por la Policía Federal a un juez sólo cuando se trate de ciertos delitos, como narcotráfico, pornografía infantil, secuestro, tráfico de personas, entre otros.
La Ley de Seguridad Nacional prevé también la posibilidad de que el Estado realice la intervención de comunicaciones en casos cuando se encuentre en riesgo la seguridad nacional, siempre y cuando no violen los derechos humanos y se haga con autorización judicial.
Fuente del artículo:Yahoo noticias
En un año, la Secretaría de la Defensa Nacional (Sedena) compró equipo de espionaje e inteligencia con un valor de 5 mil millones de pesos, capaz de intervenir teléfonos móviles para escuchar las conversaciones de sus usuarios, espiar su mensajería instantánea, y extraer de ellos los mensajes de texto, correos electrónicos, listas de contactos, fotografías e incluso operar las cámaras de manera remota y activar el micrófono para poder escuchar las voces de las personas que estén cerca del teléfono. Otros de los equipos comprados por la Defensa también permite la obtención de imágenes a través de las paredes.
De marzo de 2011 a marzo de 2012, la Sedena pagó por adjudicación directa a una sola compañía, Security Tracking Devices, S.A de C.V, con sede en Jalisco, casi 5 mil millones de pesos para la adquisición de los equipos, de acuerdo con copias de los contratos que obran en poder de EL UNIVERSAL.
Fuentes militares aseguran que una parte de los equipos están a disposición de un grupo de altos mandos del Ejército mexicano, encabezados por el general Augusto Moisés García Ochoa, director general de administración de la Sedena. De acuerdo con la información recabada, este grupo de funcionarios militares utilizan esta tecnología para ejecutar diversas tareas, entre ellas la del espionaje político. Otra parte del equipo adquirido es operado directamente por el área de la Sedena encargada de las labores de inteligencia, que es la Sección Segunda del Estado Mayor de la Defensa Nacional.
- Los contratos
EL UNIVERSAL posee cinco contratos de la Sedena clasificados como confidenciales y que dan cuenta que la Defensa gastó en el último año casi 5 mil millones de pesos en equipo de comunicación e inteligencia. En tres de estos acuerdos se dice que el equipo es para la “atención de la Dirección General de Transmisiones”, y en otros dos, se detalla que el equipamiento será operado por la Sección Segunda (la de inteligencia).
Todos los contratos están firmados por el general Augusto Moisés García Ochoa y contienen una cláusula de confidencialidad que obliga al proveedor a “guardar en secreto todos los datos y condiciones” del contrato y le prohíbe “divulgar o publicar los términos y condiciones” del mismo.
Uno de los contratos de mayor valor es el firmado el 27 de julio de 2011, por un monto de 1 mil 160 millones de pesos para la adquisición de “un sistema procesador electromagnético”. Sin embargo, al ir al detalle del contrato se observa que entre los materiales comprados se encuentra software para equipos de telefonía móvil BlackBerry, Symbian y Android y se especifica que deberá contar con la capacidad de “extracción de datos SMS/ MMS [mensajes de textos y multimedia], lista de contactos, registros de agenda, monitoreo de e-mail, intercepción de voz, intervención de audio ambiental, monitoreo de sala vía activación del micrófono, extracción de mensajería instantánea BBM [sistema de Black Berry Messenger], información de ubicación GPS, captura de imágenes de la pantalla y la cámara, acceso y manipulación del sistema de archivos, detener el funcionamiento del dispositivo….”.
Este contrato, que tiene el número 4500000147 no está destinado a la Sección Segunda (inteligencia), sino para “atención de la Dirección General de Transmisiones”.
Otro contrato de alto valor es el 4500000525 suscrito el 8 de noviembre de 2011 por un monto de 1 mil 068 millones, 499 mil 999 pesos. El concepto es la compra de ocho estaciones móviles de radiocomunicación y sistemas de inteligencia.
Después están dos contratos más, que al igual que los anteriores no están destinados al área de inteligencia sino a la “atención de la Dirección General de Transmisiones”. El contrato, con número 45000006876 está fechado el 25 de marzo de 2011, por un monto de 249 millones 999 mil 999 pesos. La descripción de la compra señala que se trata de “equipos de aparatos de comunicaciones y telecomunicaciones”. Más adelante detalla que entre otros, los equipos adquiridos fueron analizadores de espectros, sistemas de recepción de banda ancha, decodificadores, antenas y estaciones portátiles de trabajo de uso rudo.
El otro, con número 4500006908 está fechado sólo unos cuantos días después del primero: el 1 de abril de 2011, por un monto de 200 millones de pesos para la adquisición de un sistema de designadores electromagnéticos de señales satelitales de telefonía celular.
Para el año 2012 se firma el contrato para la compra de equipo que sí está destinado a la Sección Segunda (inteligencia). Se trata de un documento que ampara dos adquisiciones de equipo. Cada una de estas compras es por un importe de 1 mil millones de pesos, por lo que el total del acuerdo es de 2 mil millones, al igual que los otros cuatro el proveedor por adjudicación directa es la compañía Security Tracking Devices, S.A de C.V.
La descripción del contrato detalla que se trata del pago para la segunda y tercera fase “del Sistema de Inteligencia Regional para Implementar las Capacidades de la S-2 (INTL) E.M.D.N”. La clave S-2 (INTL) E.M.D.N es en referencia a la Sección Segunda (inteligencia) del Estado Mayor de la Defensa Nacional. Cada una de las dos fases tuvo un costo de 1 mil millones de pesos.
En el detalle se puede observar la compra de equipo de intervención de teléfonos celulares inteligentes como el que se había hecho con anterioridad, sin embargo, en este contrato se adquiere equipamiento para intervenir iPhones.
Además, en el contrato se aprecia que la compañía Security Tracking Devices, S.A de C.V. lo mismo los surte de aparatos de alta tecnología que de mobiliario común como escritorios y sillas.
- ¿Quién vigila las intervenciones?
En México la intervención de comunicaciones sólo se puede realizar con la autorización del Poder Judicial. Hay dos leyes que prevén la posibilidad de realizar intervenciones telefónicas.
Una de ellas es la Ley Federal contra la Delincuencia Organizada, que en el Artículo 16 considera que cuando en “la averiguación previa de alguno de los delitos a que se refiere esta ley o durante el proceso respectivo, el procurador General de la República o el titular de la unidad especializada a que se refiere el artículo 8o. anterior, consideren necesaria la intervención de comunicaciones privadas, lo solicitarán por escrito al juez de Distrito, expresando el objeto y necesidad de la intervención, los indicios que hagan presumir fundadamente que en los delitos investigados participa algún miembro de la delincuencia organizada; así como los hechos, circunstancias, datos y demás elementos que se pretenda probar”.
Además la referida ley advierte que las solicitudes de intervención deberán señalar, además, la persona o personas que serán investigadas; la identificación del lugar o lugares donde se realizará; el tipo de comunicación privada a ser intervenida; su duración; y el procedimiento y equipos para la intervención y, en su caso, la identificación de la persona a cuyo cargo está la prestación del servicio a través del cual se realiza la comunicación objeto de la intervención.
Otra de las leyes que contempla la intervención de comunicaciones es la Ley de la Policía Federal que en el Artículo 50 dice que “el Comisionado General de la Policía Federal será responsable de que la intervención se realice en los términos de la autorización judicial. La solicitud de autorización deberá contener los preceptos legales que la fundan, el razonamiento por el que se considera procedente, el tipo de comunicaciones, los sujetos y los lugares que serán intervenidos, así como el periodo durante el cual se llevarán a cabo las intervenciones, el cual podrá ser prorrogado bimestralmente, sin que el periodo de intervención, incluyendo sus prórrogas, pueda exceder de seis meses”.
Adicionalmente, esta norma prevé que la intervención sólo puede ser solicitada por la Policía Federal a un juez sólo cuando se trate de ciertos delitos, como narcotráfico, pornografía infantil, secuestro, tráfico de personas, entre otros.
La Ley de Seguridad Nacional prevé también la posibilidad de que el Estado realice la intervención de comunicaciones en casos cuando se encuentre en riesgo la seguridad nacional, siempre y cuando no violen los derechos humanos y se haga con autorización judicial.
Fuente del artículo:Yahoo noticias
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